ARGENTINA. Nuevos plazos para la presentación de compensaciones.

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A través de la Resolución 373, publicada el 11 de enero de 2008 en el Boletín Oficial, la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) flexibilizó los plazos para la presentación de compensaciones, permitiendo el ingreso de las solicitudes en cualquier momento del mes pero en una única presentación.

En su Artículo 3, la norma establece que “a partir del 1 de enero de 2008,
las solicitudes de compensaciones podrán ser ingresadas en cualquier momento del mes, admitiéndose sólo una presentación mensual por período a compensar”.

La norma establece que únicamente se liquidarán operaciones de hasta tres meses inmediatos anteriores al mes en que se realizara la presentación “en tanto las mismas no se retrotraigan a operaciones referidas al período 2007 y siempre que el solicitante dé cumplimiento, de corresponder, con las condiciones exigidas en materia de inscripciones ante el Senasa”.

La fecha para la presentación de solicitudes correspondientes al año 2007, se fija en el día 31 de enero próximo. Cumplido dicho plazo las operaciones presentadas “no serán susceptibles de compensación alguna”. Pero quedan exceptuados en este caso, el sector lácteo y los productores de trigo.

Por su parte para la solicitud de compensaciones al trigo (productores de trigo, por sí o por intermedio de Acopiador o Cooperativa y/o Molinos Harineros), solo se recibirán operaciones realizadas con fecha posterior al 31 de octubre de 2007, admitiéndose asimismo, la presentación de la tercera copia (de color celeste) de los Formularios 1116 B o C, sin necesidad de certificación alguna.

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